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Si un conductor abre la puerta de un auto contra un ciclista en California
Una puerta se abre hacia el carril o el carril bici y el ciclista no tiene adónde ir. California exige que esa puerta se abra solo cuando es seguro. La culpa es por la puerta, no por si el ciclista llevaba casco.
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«Dooring» es una palabra sosa para un choque violento. El auto está estacionado o detenido, la puerta gira por el espacio que usa una bicicleta, y el ciclista golpea la puerta o se desvía al carril de al lado. Pasa en calles de Newport Beach y Huntington Beach donde un carril bici queda en la zona de puertas de los autos estacionados. Las aseguradoras lo llaman un hecho raro o una falla del ciclista por no dejar espacio. El Código de Vehículos lo llama una forma prohibida de abrir una puerta.
Esta es información general, no una reconstrucción de una cuadra en particular.
Abrir una puerta hacia el tráfico es una regla propia
La sección 22517 del Código de Vehículos dice que ninguna persona debe abrir la puerta de un vehículo del lado disponible al tráfico en movimiento salvo que sea razonablemente seguro hacerlo y pueda hacerse sin interferir con el movimiento de ese tráfico. También dice que ninguna persona debe dejar una puerta abierta de ese lado más tiempo del necesario para subir o bajar pasajeros. La sección no dice «salvo que el tráfico sea una bicicleta». Una persona en bicicleta tiene los derechos y está sujeta a los deberes de un conductor de vehículo, según la sección 21200, con las excepciones específicas que el código enumera. El ciclista es tráfico en movimiento.
«Razonablemente seguro» es la disputa. Una persona que mira el espejo, ve a un ciclista y igual abre la puerta tiene un caso simple. Una persona que nunca mira tiene un caso simple de otro tipo. Un ciclista que iba bien atrás del auto y habría tenido espacio si la puerta hubiera sido una apertura breve y mirada es un caso más cerrado. El estatuto no exige que el ciclista anticipe una puerta no vista como el precio de usar la calle.
Abrir con la mano lejana para que el cuerpo gire y mire es un hábito. No es un elemento del estatuto, y no usarlo no es una infracción aparte. Mirar es lo que pide «razonablemente seguro». Si la persona miró se prueba con testigos, con cámaras y con lo que dice en la primera hora, no con un lema de seguridad.
Quién la abrió
El conductor es la persona que un reclamo suele nombrar, porque el conductor controla el auto y la póliza de responsabilidad está escrita para el vehículo. El pasajero que abre una puerta trasera hacia el carril bici es una persona a la que la sección 22517 también alcanza. Diga cuál puerta, y quién bajaba, antes de que todos acuerden que fue «el conductor» porque ese es el nombre de la tarjeta de seguro. Una puerta trasera y una delantera dejan un daño distinto y vistas distintas de testigos.
Las bajadas de viaje compartido son una versión del mismo choque. Un pasajero sale del lado del tráfico porque la acera está bloqueada. Que intervenga la aplicación no deroga la sección 22517. Añade una pregunta de cobertura sobre qué póliza responde, que depende de si había un viaje en curso. Fotografíe cualquier imagen comercial y guarde su propio recibo si usted era el ciclista que también tenía la aplicación abierta. Si simplemente iba en su propia bicicleta, la aseguradora del auto sigue siendo donde empieza el reclamo.
Si el conductor se va y la puerta, o el auto, desaparece, tráteselo como una fuga para efectos del reporte. No persiga. Los pasos de la escena están en qué hacer después de un accidente con fuga en California. Un auto estacionado que se queda, con una persona que se queda, es la prueba más fácil. Obtenga el nombre, la placa y el seguro antes de que cierren la puerta y decidan que llegan tarde.
El carril bici no hace que el ciclista sea la causa
Las ciudades pintan carriles bici junto al estacionamiento. La zona de la puerta es un ancho conocido, más o menos el largo de una puerta abierta. Un ciclista que va dentro del carril bici está donde la marca le dijo que estuviera. Una aseguradora que dice que el ciclista debió circular en la trayectoria de la puerta, más a la izquierda, describe un diseño de calle distinto del que pintó la ciudad. Circular de forma predecible en el carril no es negligencia.
Un ciclista que sale del carril bici sin mirar, o que rebasa un auto detenido por la derecha en un espacio demasiado estrecho para una puerta, puede compartir la culpa si los hechos lo sostienen. California compara la culpa. Una parte reduce el reclamo. No termina el reclamo porque hubiera una bicicleta. La misma regla está en si tuvo parte de la culpa en un accidente de auto en California. No acepte en la escena que usted «pasó demasiado cerca». La distancia es lo que van a mostrar las fotografías y la altura del daño.
Desviarse al carril de circulación y que lo choque un segundo auto es un choque con dos demandados. La puerta causó el desvío. El segundo conductor quizá no tuvo tiempo, o quizá seguía demasiado cerca. No deje que la primera aseguradora le diga que el único reclamo es contra el auto que se movía. Fotografíe los dos.
Un casco no decide la culpa
La sección 21212 exige casco a un ciclista o pasajero menor de 18 años. No impone ese requisito a todo adulto. Un adulto sin casco no abrió la puerta. Una aseguradora igual puede argumentar, en un reclamo por lesión de la cabeza, que un casco habría cambiado el daño. Ese es un argumento de daños. No es una conclusión de que el ciclista causó el choque, y es un argumento pobre contra una clavícula rota, una lesión dental o una fractura de muñeca por el impacto con la puerta.
Guarde el casco si lo llevaba, y guarde la bicicleta. No deje que un taller repare la rueda delantera antes de que se fotografíen la doblez, la posición del manubrio y el punto de contacto. Nuestro artículo sobre lesiones comunes de bicicleta cubre lo que esos impactos le hacen a un ciclista y por qué la bicicleta misma es prueba. Háganse examinar el mismo día. Una puerta contra la cabeza o el hombro no es un moretón para «vigilar» durante una semana.
Qué fotografiar antes de que cierren la puerta
Tome la puerta en la posición en que estaba, si puede hacerlo con seguridad, o en cuanto se abra de nuevo para mostrar el arco. Fotografíe la franja del carril bici respecto del auto, el espejo lateral y el punto de contacto de su bicicleta. Obtenga los nombres de personas en la acera que vieron abrirse la puerta. Pregunte si una cámara de un local da al carril. Esos sistemas se reinician. Una carta del abogado la semana siguiente es más lenta que una copia guardada el mismo día, si el comercio la proporciona.
No publique la cara del conductor con un veredicto pegado. No discuta el estatuto en la acera más allá de intercambiar información. Déle al oficial, si viene uno, la dirección en que circulaba y qué puerta se abrió. Si la policía no va a venir por un choque que cree «menor», anote la solicitud de reporte y reciba atención igual. Menor es una palabra sobre la propiedad. No es una palabra sobre un hombro que no va a levantarse a la mañana siguiente.
Nordean Law trata la puerta abierta como una violación del Código de Vehículos con una persona pegada, no como un vistazo desafortunado. La bicicleta, la puerta y el expediente son el caso.
¿Una puerta se abrió contra su recorrido, y la aseguradora pregunta por qué iba tan cerca? Comuníquese con Nordean Law o llame al 888.254.3222. La consulta es gratuita y no paga nada a menos que ganemos.
Este artículo es información general, no asesoría legal. Un reclamo por puerta depende de quién abrió la puerta, de dónde iba el ciclista y de las lesiones que siguieron.
Preguntas frecuentes
¿Es ilegal abrir la puerta de un auto contra un ciclista en California?
La sección 22517 del Código de Vehículos prohíbe abrir una puerta del lado disponible al tráfico en movimiento salvo que sea razonablemente seguro y pueda hacerse sin interferir con el tráfico, y prohíbe dejar esa puerta abierta más tiempo del necesario para subir o bajar. Un ciclista es tráfico.
¿Quién es responsable, el conductor o el pasajero?
El estatuto aplica a la persona que abre la puerta. Puede ser el conductor o un pasajero que baja del lado del tráfico. La póliza de responsabilidad del conductor sigue siendo el lugar habitual donde se presenta el reclamo. La conducta del pasajero puede importar cuando el pasajero es quien la abrió.
¿Circular en un carril bici cambia un choque por puerta?
No. Un carril bici es donde se supone que vaya el ciclista. Una puerta que se abre a través de ese carril es el peligro que describe la sección 22517. El ciclista no tiene la culpa por usar el carril que la ciudad marcó.
¿Qué pasa si yo no llevaba casco?
California exige casco de bicicleta a los menores de 18 años, no a todo adulto. Un casco que falta no decide quién abrió la puerta. Puede discutirse después respecto de una lesión de la cabeza. No es prueba de que el ciclista causó el choque.